Privacidad vs Seguridad

El periódico New York Times, informaba la semana pasada acerca una nueva legislación que está preparando el gobierno de Barack Obama para el próximo año. Esta ley permitiría a las fuerzas policiales y de inteligencia de los Estados Unidos acceder a la información que se transmita por Internet, sea cual sea el medio de transmisión utilizado, como por ejemplo, e-mail, Facebook, Skype, BlackBerry, etc.

Según indica Valerie E. Caproni, abogada del FBI, “sería interceptar una comunicación previamente autorizada por ley”. ¿Estaríamos hablando del fin de la privacidad tal y como la conocemos?

Fruto de esta noticia, queremos conocer la opinión del responsable en protección de datos de Ontinet.com, Santiago Bermell, que muy amablemente ha accedido a contestar las siguientes cuestiones:

¿Estaríamos hablando del fin de la privacidad?

Esta es una batalla que no es nueva, ni en EEUU, ni en Europa, ni por supuesto en nuestro país.

El debate privacidad vs seguridad tiene sus tira y afloja constantes, tanto en el ámbito privado (empresas, negocios), en el ámbito doméstico y familiar, y como en este caso que planteas, en el ámbito público. De todos es conocido que tras cada grave atentado terrorista a nivel internacional, se vuelve a presionar desde los medios policiales y de seguridad pública, para poder acceder libremente a las telecomunicaciones, en pro de una mayor seguridad y de facilitar las investigaciones.

Aunque no supone un fin de la privacidad, si es un duro golpe a la misma. El dar carta blanca a las autoridades en este tema, siempre irá aparejado de grandes críticas por la invasión brutal de la privacidad de cada uno de nosotros.

¿Sería ampliable al ámbito de la Unión Europea?

Este tema no ha pasado de largo en la UE.
En el marco legislativo, la UE ha dictado varias normas, entre ellas:

– la Directiva 1995/46/CE, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

– la Directiva 2002/58/CE, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (conocida como Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).

Esta última Directiva obliga a todos los países a garantizar la la confidencialidad de las comunicaciones, sobre todo la escucha, la grabación, el almacenamiento u otros tipos de intervención o vigilancia de las comunicaciones y los datos de tráfico asociados a ellas por personas distintas de los usuarios.

¿Existe alguna ley en España que ampare al usuario en este aspecto?

El secreto de las comunicaciones está recogido en la Constitución Española (18.3) como un derecho fundamental. Y solo con habilitación legal, en nuestro caso la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o la Ley Orgánica del Poder Judicial. En estas dos normas se expresa que solo con una resolución judicial se podrá intervenir las comunicaciones.

La protección de la que goza el Estado Español no es baladí ya que permite a los ciudadanos protegerles de regulaciones gubernamentales que pueden menoscabar sus derechos de una forma irremediable.

En cuanto a la preocupación sobre este tema en España solo hay que recordar el caso SITEL (Sistema de Interceptación de Comunicaciones).

Desde el departamento técnico de ESET en Ontinet.com, queremos gradecer enormemente a Santiago su predisposición a aclararnos estas dudas. Informaremos en este mismo blog sobre cualquier novedad al respecto.

David Sánchez.

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