Google reconoce la ausencia de privacidad de sus usuarios de Gmail

Como si fuera el único caso, como si fuera la primera vez o como si alguien despistado afirmara “no, si yo solo pasaba por aquí…”, Google reconoce en la moción presentada contra una demanda colectiva por violación de datos y privacidad en las comunicaciones, en su página número 29, que recopila información procedente de sus comunicaciones electrónicas sin orden judicial. Eso sí, se ampara en una decisión del Tribunal Supremo de 1979, de Smith y Maryland… ¡¡1979!! Pero si la Red casi acababa de nacer… A mí me gustaría saber qué conocimientos acerca de las implicaciones que tiene la falta de privacidad en la Red en la actualidad se tenían en dicho año…

google-nos-vigila

En concreto, Google dice que: «Just as a sender of a letter to a business colleague cannot be surprised that the recipient’s assistant opens the letter, people who use web-based email today cannot be surprised if their emails are processed by the recipient’s [email provider] in the course of delivery. Indeed, «a person has no legitimate expectation of privacy in information he voluntarily turns over to third parties»

Es decir, se apoyan en un argumento tan sólido como que bueno, si un colega de trabajo o ayudante abre una carta (física) y no nos sorprendemos, la gente que utiliza el email basado en web no debería sorprenderse tampoco si el recipiente de la información (el proveedor del servicio del email), en el curso del envío, procesa dicha información. Y añade: “una persona no tiene la certeza legal de que se preserve su privacidad en la información que voluntariamente se entrega a terceros”.

Si se piensa bien, el argumento y la lógica se cae por su propio peso… Según el grupo Consumer Watchdog, que recomiendan a todos los que se preocupen por su privacidad que dejen de utilizar Gmail, “el escrito de Google utiliza una analogía equivocada”. Evidentemente: si le damos una carta física a Correos, esperamos que estos la entreguen en la dirección que figura en el sobre, no que lo abran, lean el contenido, la vuelvan a meter en el sobre y peguen la solapa y luego la entreguen. Ah, eso sí, y por el camino, que se enteren de qué nos gusta, dónde vivimos, si nos hemos ido de vacaciones o nos han puesto una multa millonaria.

A continuación os dejamos el texto completo de la moción (el párrafo en cuestión viene en la página número 29):

Google Motion to Dismiss 061313

Al leer este artículo, mi compañero Josep Albors apuntaba que «el correo electrónico permite cifrar el contenido de forma que solo el emisor y el receptor puedan leerlo. Es algo que a Google no le costaría mucho en implementar y que, si no lo hace es solo por su propio interés (y el de los gobiernos y empresas a los que cede nuestra información).» Evidentemente, querido Watson ;-).

Lo que nos sigue sorprendiendo es la ambigüedad de sus acciones, ya que hace escasamente un mes, Google anunciaba que con el objetivo de que los datos queden protegidos de los polémicos intentos de vigilancia por parte del gobierno estadounidense, había comenzado a cifrar archivos almacenados por los usuarios en su servicio en la nube Google Drive.

El cifrado seguro de archivos privados de los usuarios significa que Google no podría divulgar el contenido de las comunicaciones almacenadas, incluso si la NSA presentara una orden legal bajo la Ley de Vigilancia de Inteligencia Extranjera, o si la policía obtuviera una orden de registro con fines policiales nacionales.

Lo que nos lleva a preguntarnos… ¿quizá tienen planeado que Google Drive sea completa o en parte de pago en un plazo razonable de tiempo y por eso las medidas de seguridad y con Gmail ya tienen claro, a estas alturas de la película, de que nadie va a pagar por el servicio gratuito? Porque Google Drive, aunque no sea un sistema de mensajería en sí, también te permite compartir archivos con otras personas, por lo que sigue habiendo un remitente y un destinatario de la información y, por lo tanto, estaría bajo el mismo marco legal argumentado en el caso anterior…

En fin… si todos nos guiamos por este tipo de jurisprudencia, acabaremos asumiendo que dado que salimos a la calle, tenemos que pregonar a los siete vientos todos los secretos de nuestra vida… o ya que salimos a Internet, pues hagamos lo mismo… ¿O lo estaremos haciendo ya?

Feliz semana, ¡tropa!

Yolanda Ruiz

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